SEGURO DE CESANTÍA EN PELIGRO
La Ley 19.728 creo el Seguro de Cesantía en octubre del año 2002, dando cobertura y alguna protección a las y los trabajadores en la contingencia del desempleo. Siempre se pensó que era una ley perfectible, pero han pasado años y no se ha logrado mejorarla, y hoy por el contrario está bajo amenaza.
El Ministerio del Trabajo ya le propinó un zarpazo al fondo solidario, reduciendo el aporte del empleador que hoy es de 0,8% de la remuneración mensual de él o la trabajadora en un 0,35%, para pasarlo al financiamiento de la Sala Cuna universal. Además, están intentando refundir el fondo solidario de cesantía con un nuevo sistema de indemnizaciones por años de servicios con el objetivo de bajar los costos de las empresas.
De ser así, del seguro de cesantía solo quedara el sistema de cuenta individual que se financia con el aporte del trabajador de un 0,6 % y un 1,6 % del empleador, este aporte del empleador a la cuenta individual del 1,6% es recuperado por la empresa al pagar la indemnización del mes por años si él despido es por necesidades de la empresa (artículo 161 del Código del Trabajo). Queda claro que son las y los trabajadores quienes se pagan su propio seguro de cesantía el que establece montos bastante precarios.
La cobertura del seguro de cesantía es por cinco meses, si lo acumulado en la cuenta individual no alcanza a cubrir los cinco retiros el fondo solidario le aportara la diferencia, pero como es tan bajo el aporte por cada uno de los cinco meses son muy pocas las oportunidades en que el fondo solidario hace algún aporte.
Una persona que quedó sin trabajo retira de su cuenta individual el primer mes el 60% del promedio de las ultimas 10 remuneraciones, el segundo retira un 45%, del promedio de sus 10 ultimas remuneraciones el tercero un 40%, el cuarto un 35% y el quinto y último mes un 30%. Con esos montos tan bajos el fondo solidario de cesantía rara vez hace algún aporte.
Lo que se debe hacer es aumentar los montos por cada mes para que, si sea de verdad una cobertura al desempleo, y no echarle mano al fondo solidario para financiar otros aspectos que son de responsabilidad empresarial, como la sala cuna universal, por lo cual la empresa quedará liberada de cotizar, es desproteger aún más a las y los trabajadores chilenos.
Pretender utilizar el fondo solidario de cesantía para cubrir costos de una indemnización por años de servicio, cuyo esquema se parece bastante a lo que ocurrió cuando se impuso el sistema de AFP con consignas a todo evento para que los y las trabajadoras desinformados se entusiasmen y se arrepientan en forma tardías. Es destruir una ley creada para reducir los efectos económicos de los trabajadores cuando quedan desempleados, lo que se debe hacer es aumentar los porcentajes por cada retiro y poner fin a que el empleador recupere lo que aporta a la cuenta individual de cada trabajador.
ARTURO MARTÍNEZ MOLINA
PRESIDENTE
CENTRAL DE TRABAJADORES DE CHILE – C.T.CH.